El Gobierno eliminó dos impuestos clave para impulsar el comercio
Se eliminará una cuestión impositiva que genera un costo extra para los centros de venta. A partir de cuándo estará […]
Se eliminará una cuestión impositiva que genera un costo extra para los centros de venta. A partir de cuándo estará […]
Permite regularizar cualquier monto sin costo mientras se mantenga el dinero en el sistema. La Administración Federal de Ingresos Públicos […]
Este miércoles se votó en general y se avanzó con los cambios que impusieron los opositores; el paquete fiscal también […]
Si bien siguen traccionando fuerte los tributos vinculados al comercio exterior, como el País y las retenciones, caen en términos […]
El Banco Central redujo la tasa de política monetaria otra vez, antes del dato de inflación. Es la tercera vez […]
Banco Hipotecario otorgará préstamos a aquellos clientes que deseen construir o ampliar una vivienda en hasta 30 años. ¿Cuáles son […]
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) decidió liberar la oferta de tasa de interés para plazo fijo, al tiempo que […]
También conocidos como “El Chacho”, fueron aprobados en la Legislatura provincial de La Rioja el mes pasado. Entrarán en circulación […]
El oficialismo aceptó modificar dos de las propuestas que buscan dólares frescos. Los nuevos excluidos al Régimen de Regularización de […]
El BCRA busca facilitar las transacciones, hacer más eficiente la logística y reducir costos de adquisición de billetes. En el […]
El Gobierno anunció que eliminará las retenciones a cuenta de IVA y Ganancias en las ventas de los comercios. Además, explicó que se desprende de la ampliación de los beneficios incluidos en el paquete fiscal.
La decisión del Ministerio de Economía incluyó al sector privado en los beneficios de la norma y determinó que no habrá pagos anticipados de IVA y Ganancias en las ventas de comercios con tarjetas de débito, crédito, compra y similares, o demás procesadores de medios electrónicos de pago.
El artículo 102 del paquete fiscal preveía que estas excepciones tendrían un equivalente a 10.000 unidades de valor adquisitivo (UVAs). Desde la cartera aclararon que “en la reglamentación se optó por mejorar la medida y ampliar el beneficio a través de la eliminación total del sistema de retenciones de IVA y Ganancias para los comercios”.
Con la nueva ampliación, el Gobierno sostiene que busca “fomentar la formalización de las transacciones, la inclusión financiera y reducir los costos de los sistemas de pagos”.
El ministro de Economía, Luis Caputo, anticipó que este será “el primer paso de una serie de medidas que reducirán significativamente el costo argentino” y que seguirán con anuncios en los próximos 30 días.
La medida estará vigente desde el primero de septiembre y se publicará esta semana en el Boletín Oficial.
Desde el Gobierno argumentaron este anuncio permitirá impulsar la actividad económica y “fomentar la utilización de los medios de pago que otorgan mayor transparencia y formalidad a la economía”.
Por último, convocaron a las provincias a que adhieran a este régimen y “eliminen las retenciones de Ingresos Brutos y otros tributos locales que se hayan establecido sobre los pagos comprendidos en la medida”.
Daniel Calzetta, presidente de la comisión de impuestos de la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), detalló que la organización está “totalmente de acuerdo con eliminar estas retenciones e ir desmontando la ingeniería tributaria que vuelve muy costosa la actividad”.
Agregó además que el régimen vigente incluía a los pequeños contribuyentes, pero que tras el anuncio se espera que sea mucho más amplio, lo cual será un beneficio extensivo porque reducirá los costos financieros.
El artículo 102 del paquete fiscal al que hace referencia el anuncio estipulaba la desgravación de retenciones impositivas a los cobros electrónicos de pequeños contribuyentes. Este dice que las entidades administradoras de tarjetas de crédito, compra y similares, agrupadores, agregadores y procesadores de medios electrónicos de pago, deberán informar por los pagos que se realicen en sus sistemas y solo podrán realizar retenciones impositivas cuando así lo dispongan las autoridades tributarias nacionales y siempre que los montos procesados excedan el equivalente a 10.000 Unidades de Valor Adquisitivo (UVAs) mensuales por contribuyente.
Entre los agrupadores, agregadores y procesadores de medios electrónicos de pago, el artículo incluía a quienes realicen la adhesión de comercios o proveedores de sistema de pagos, quienes ofrecieran el servicio de aceptación de tarjetas o pagos de plataformas o sistemas que procesen pagos a través de terminales de punto de venta y quienes realizarán la liquidación al receptos de pagos del importe de los pagos cobrados con tarjeta.
Permite regularizar cualquier monto sin costo mientras se mantenga el dinero en el sistema.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el procedimiento para adherir al blanqueo -o Régimen de Regularización de Activos-, contemplado en la Ley 27.743 “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes”, mediante la Resolución General Nº 5528 publicada hoy en el Boletín Oficial. Esta medida está dirigida tanto a los residentes en el país como a todos los argentinos que mudaron su residencia fiscal a otro país, y hoy pueden decidir su regreso al amparo de este proceso.
El blanqueo permite regularizar cualquier monto sin costo, si se mantiene el dinero en el sistema financiero hasta el 31 de diciembre de 2025, o bien se lo invierte en algunas de las colocaciones autorizadas por el Ministerio de Economía. Tampoco estarán sujetas al pago de impuestos quienes regularicen cualquier clase de bienes o tenencias por un valor de hasta US$100.000.
Cuanto antes se ingrese al régimen, menor será la alícuota a abonar. Las alícuotas se dividen en 3 etapas:
Pueden adherir al blanqueo las personas humanas que hayan perdido la residencia fiscal antes del 31 de diciembre de 2023. Al adherirse, estas personas adquirirán nuevamente la residencia a partir del 1° de enero de 2024.
La norma también reglamenta la posibilidad de adelantar el pago de Bienes Personales de 2023 a 2027 con una alícuota de 0,45% por año, lo que beneficia al contribuyente al quedar exento de presentar la declaración jurada hasta 2028 y al lograr estabilidad fiscal (no se podrán cobrar mayores alícuotas durante ese periodo sobre su patrimonio).
Para facilitar la exteriorización, se previó que la adhesión al régimen se manifieste abonando el 75% del impuesto que corresponde según los bienes a incluir, y luego (hay un mes adicional después de cada etapa) el contribuyente presentará la declaración jurada con el detalle de dichos bienes y abonará el 25% restante.
Los bienes que pueden exteriorizarse son aquellos en poder del contribuyente (titularidad, posesión, tenencia o guarda) al 31/12/2023, lo cual se acreditará en la declaración jurada adjuntando las constancias de la tenencia y valuación de los mismos a dicha fecha.
En el caso de exteriorizar dinero en efectivo, el mismo deberá depositarse en una Cuenta Especial de Regularización de Activos, y mientras se mantengan en la misma no pagarán el impuesto. Sin embargo, los fondos que no sean transferidos a dichas cuentas tributarán. El dinero en efectivo debe regularizarse dentro de la primera etapa, hasta el 30 de septiembre de 2024.
En el caso de detectar bienes que no fueron exteriorizados, se privará al contribuyente de los beneficios del blanqueo únicamente para ese bien.
Otros beneficios:
Beneficios a cumplidores: La normativa prevé una reducción de 0,5% de la alícuota del impuesto sobre los bienes personales para los períodos 2023, 2024 y 2025 para aquellos contribuyentes que hayan cumplido con sus declaraciones y pagos en 2020, 2021 y 2022.
La Ley Bases y el paquete fiscal llegaron al recinto del Senado después de un mes y medio de intensas tratativas. La Casa Rosada cedió parte del contenido de los textos a cambio del visto bueno de los senadores para avanzar en su aprobación. En total, sumó 45 modificaciones: 29 en la Ley Bases y 16 en el paquete fiscal. Antes de la medianoche del miércoles, la Ley Bases tuvo su aprobación en general (gracias al desempate de la vicepresidenta Victoria Villarruel) y se avanzaba con el articulado, antes de entrar en la discusión del segundo proyecto.
En el camino aceptó un aumento de las regalías mineras para las provincias del 3% al 5% esos aportes. También la elevación del mínimo no imponible en un 22% para la región patagónica en el pago de la cuarta categoría del impuesto a las ganancias, algo que venían reclamando y el Gobierno se mostraba reticente a conceder.
El primer artículo, en el que se declara la emergencia pública por un año en materia administrativa, económica, financiera y energética -que faculta al Ejecutivo a arrogarse poderes especiales en estas áreas-, no sufrió modificaciones en esta última etapa. En Diputados, no obstante, esta prerrogativa presidencial se recortó sustancialmente, cuando pasó de 11 emergencias a tan solo cuatro.
En el apartado sobre privatizaciones, en tanto, el Gobierno se negaba a habilitar modificaciones. Muchos de los gobernadores patagónicos solicitaban exceptuar a Aerolíneas Argentinas, Correo y Radio y Televisión Argentina (RTA) de la liquidación total. En las últimas horas el Gobierno aceptó excluir a Aerolíneas Argentinas para salvar el resto del paquete y avanzar con la ley.
Si bien estos fueron los últimos cambios que concedió la Casa Rosada, no quiere decir que los textos se mantengan incólumnes hasta su sanción definitiva. Todavía deberán pasar el último visto de Diputados.
De hecho, en el oficialismo entró al recinto con plena consciencia de que algunos artículos corrían serio riesgo de ser rechazados. La reimposición de Ganancias, la reconfiguración de la moratoria previsional y la facultad del Presidente de avanzar en la desregulación administrativa, prevista en el artículo 3°, eran algunos de los puntos en la cuerda floja.
Ley Bases
Se limitó la facultad del Poder Ejecutivo para intervenir organismos públicos. Se incorporaron 15 entes e institutos que no podrán disolverse. Se listan el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI); el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG); la Administración de Parques Nacionales (APN); el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA); el Instituto Antártico Argentino (IAA); el Instituto de Investigaciones Científicas y Técnicas para la Defensa (CITEDEF); el Centro de Investigación Tecnológica de las Fuerzas Armadas (CITEFA); el Instituto Geográfico Nacional (IGN); el Instituto Nacional de Prevención Sísmica (INPRES); el Servicio de Hidrografía Nacional; el Servicio Meteorológico Nacional (SMN); el Instituto Nacional del Agua (INA); el Servicio Geológico-Minero Argentino (SEGEMAR); el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP); Centro Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (CENARD); Superintendencia de Seguros de la Nación; Superintendencia de Riesgos de Trabajo; y la Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación. Además, se sumó un párrafo en el que se garantiza el financiamiento de los organismos incluidos en el Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación 2030.
Se consignó que los agentes que se encuentren de licencia por enfermedad o accidente, por embarazo y por matrimonio no podrán ser puestos en situación de disponibilidad hasta vencido el período de su licencia.
A pesar de que un sector de la UCR retomó su pedido para limitar el poder de los sindicatos a través de una de sus principales fuentes de financiamiento, esta cláusula finalmente fue eliminada del dictamen firmado. Se quitó el artículo establecía que, para los empleados no afiliados a los gremios, sólo se podían cobrar cuotas solidarias con su consentimiento previo. Sin este párrafo, lo podrán seguir haciéndo contra su voluntad.
Fue incluida la “participación activa en bloqueos o tomas de establecimientos” como una grave injuria laboral y objetiva causal de extinción del contrato de trabajo.
Se mantiene con un esquema diferente al vigente, en el que quien adhiera pagará un monto mínimo en carácter de jubilación y la obra social será optativa.
Se busca modificar el artículo 22 de la ley 24.196, sobre inversiones mineras, para incrementar del 3% al 5% el tope de regalías percibidas por las provincias sobre el valor ‘boca mina’ del mineral extraído.
Si bien siguen traccionando fuerte los tributos vinculados al comercio exterior, como el País y las retenciones, caen en términos reales los impuestos vinculados a la actividad económica, como el IVA.
Los ingresos del Gobierno siguen en caída. La recaudación en abril aumentó 239,6%, por debajo de la inflación del período, según informó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
En términos reales, la recaudación habría disminuido un 13% interanual, según un análisis de Nadin Argañaraz, del IARAF. Al excluir tributos al comercio exterior, la caída sería del 19%.
Si bien siguen traccionando fuerte los tributos vinculados al comercio exterior, como el impuesto País y los derechos de exportación, caen en términos reales los impuestos vinculados a la actividad económica, como el IVA y los impuestos vinculados a la seguridad social.
Con el superávit fiscal como prioridad número uno del Gobierno, el ministro de Economía, Luis Caputo, deberá compensar la caída de los ingresos con un mayor recorte del gasto. Tras posponer la aplicación del impuesto a los combustibles, Caputo afirmó que están “cómodos en lo fiscal”. Además, aguardan la aprobación del paquete fiscal en el Senado, que podría sumar mayores ingresos.
La recaudación de abril fue de $8.663.813 millones, lo que implicó un aumento interanual de 239,6%, por debajo de la inflación del período. El último dato oficial del Indec da cuenta que la interanual de marzo fue de 288%. Las consultoras prevén un digito para abril, en torno al 9%.
El Impuesto al Valor Agregado Neto (IVA) recaudó $3.280.469 millones y tuvo una variación interanual de 256,2%.
El Impuesto a las Ganancias presentó una variación interanual positiva de 150,1%, recaudando $ 1.249.072 millones. Se trata de un tributo muy golpeado tras su virtual eliminación el año pasado. De hecho, el informe de AFIP asegura: “Afectó negativamente la implementación del Impuesto Cedular para relación de dependencia y jubilados”.
De todos modos, la aspiración del Gobierno es que vuelva a regir Ganancias, con el nombre de Impuesto a los Ingresos. Solo le falta la media sanción del Senado y los trabajadores con salarios de $1,8 millones volverán a tributar.
Los ingresos por Seguridad Social aumentaron 217,3%, alcanzando $1.942.089 millones.
En el Impuesto a los Débitos y Créditos se alcanzaron $611.963 millones, con un incremento interanual de 227,7%.
En bienes personales se alcanzaron $80.089 millones con una variación interanual de 33,6%. En AFIP indicaron que incidió negativamente “el cambio del esquema de percepciones aplicado a las operaciones de moneda extranjera”.
En Derechos de Exportación se obtuvieron $318.428 millones y una variación interanual de 529,8%. AFIP indicó que “incidió positivamente la suba del tipo de cambio”, pero atenuó la recaudación “la disminución de los precios promedio de la mayoría de los productos de los complejos sojero y cerealero respecto del año anterior”.
En Derechos de Importación y otros, se obtuvieron $280.144 millones y una variación de 284,5%.
En el impuesto Solidario PAIS se recaudaron $510.247 millones con una variación de 1.106,5%. “Se encuentra incidida favorablemente por la ampliación de la base imponible del mismo con el ingreso del pago aplicado a las operaciones de compra de moneda extranjera para el pago de determinadas importaciones”, informaron oficialmente.
En términos reales, País trepó 210% y las retenciones 62%, según IARAF.
Además, el impuesto a los combustibles tuvo un alza con una de 2,6% real, luego de 27 meses de caída. Recaudó $157.884 millones, un aumento interanual del 299%. Esto ocurrió porque Economía volvió a implementar el ICL luego de años de diferimiento durante el gobierno anterior. La cuota que iba a aplicarse en mayo se pasó para junio.
El Banco Central redujo la tasa de política monetaria otra vez, antes del dato de inflación. Es la tercera vez que lo hace en menos de un mes.
El Banco Central volvió a reducir hoy la tasa de interés a 50% (TNA) desde el 60% previo. Es la tercera vez en menos de un mes que el BCRA disminuye el rendimiento de los pases del Banco Central, con el afán de reducir el déficit cuasi fiscal, redirigir los pesos hacia instrumentos del Tesoro y de forma paralela, incentivar el crédito.
“El Gobierno quiere reducir el déficit cuasi fiscal que surge de la tasa de interés que da el BCRA. Es el objetivo principal”, explicó el economista Fausto Spotorno.
“También es cierto que el BCRA debe estar mirando la inflación núcleo como medida de tasa de tasa de interés”, explicó el economista, para quien en abril el guarismo se situó en torno al 5%. Sin embargo, prevé que en mayo la inflación núcleo podría ubicarse cerca del 4%, en línea con la nueva TEM de los pases pasivos.
Se espera que el Banco Central siga bajando la tasa de interés. La próxima reducción podría venir antes de fin de mayo, si es que el sendero de desaceleración de la inflación persiste como prevén en el Gobierno.
El mismo ministro de Economía Luis Caputo destacó la semana pasada durante una conferencia organizada por la Fundación Mediterránea que continuar con el sendero de baja de tasas de interés es uno de los objetivos del Gobierno.
“Es clave seguir con el sendero de baja de tasas. Por eso, ponemos tanto énfasis en el control fiscal y monetario. Necesitamos bajar la inflación para que baje la tasa y para que los bancos puedan volver a trabajar como bancos”, explicó para luego afirmar que: “La inflación núcleo va a sorprender”.
La medida impacta directamente en el rendimiento de los plazos fijos, que verán mermada su tasa de interés. A pesar de que están desregulados, los bancos bajan su tasa cada vez que el BCRA reduce la de política monetaria, siendo que está última suele ser el límite superior.
De esta forma, la tasa de los Pases Pasivos a un día pasó de 60% a 50% de TNA y el rendimiento de los plazos fijos se reducirá a 40% (TNA) en promedio, aunque cada banco tiene la potestad de situarla en el lugar que prefiera.
“La decisión del BCRA se toma en consideración del contexto financiero y de liquidez y se fundamenta en el rápido ajuste de expectativas de inflación, en el afianzamiento del ancla fiscal, y en el impacto monetario contractivo derivado de la estacionalidad en los pagos externos del Tesoro del trimestre en curso”, destacó el BCRA en el comunicado donde anunció la medida.
El Gobierno estima que la inflación seguirá descendiendo en los próximos meses, busca licuar el déficit fiscal e intenta que los pesos que se fueron a pases se dirijan a bonos del Tesoro.
La tasa de los plazos fijos está desregulada, lo que implica que cada banco puede brindar a los ahorristas el rendimiento que considere más conveniente. Sin embargo, en la práctica, con las sucesivas bajas de tasas de política monetaria, se reduce también la de los plazos fijos.
Hasta ayer, los bancos brindaban una TNA del 50% en promedio, aunque en algunos casos el rendimiento era algunos puntos superior y en otros, era menor. Se espera que ahora se ubicará en torno al 40% en promedio, con algunos bancos dando hasta el 45%.
La baja de la tasa de los plazos fijos repercutirá en las cuentas remuneradas de las fintech y fondos money market que invierten gran parte de sus fondos en estos instrumentos, con lo que espera que baje aún todavía más su rendimiento. Con un dólar planchado y tasas reales negativas, el ahorrista conservador se va quedando sin instrumentos.
Banco Hipotecario otorgará préstamos a aquellos clientes que deseen construir o ampliar una vivienda en hasta 30 años. ¿Cuáles son los requisitos?
El Banco Hipotecario lanzó un nuevo crédito de hasta $ 250.000.000 para todos los clientes de la entidad que deseen adquirir y/o construir una vivienda.
La entidad financiera detalló que, en caso de construcción, cubrirá “hasta 80% del presupuesto de obra” y, en lo que respecta a la compra de una casa, “hasta 80% del valor de la vivienda”.
En ese sentido, se trata de un préstamo, ajustado en Unidades de Valor Adquirido (UVA), que dispone de una tasa de interés final de 8,5% para todas las personas que deseen hacer realidad su sueño.
Nuevos créditos hipotecarios UVA: ¿cuáles son los requisitos?
Banco Hipotecario informó que el plan de “Construcción” y “Adquisición” está destinado a empleados bajo relación de dependencia, personas que trabajan en forma independiente y/o jubilados.
Sin embargo, para acceder a una de las líneas de financiamiento, es necesario que los interesados cumplan con una serie de requisitos:
| Adquisición | Construcción |
No registrar antecedentes desfavorables en Banco Hipotecario ni en el Sistema Financiero | No registrar antecedentes desfavorables en Banco Hipotecario ni en el Sistema Financiero |
| Edad para acceder al crédito: entre 18 a 65 años | Edad para acceder al crédito: entre 18 a 65 años |
| Edad máxima al cancelar el crédito: 75 años | Edad máxima al cancelar el crédito: 75 años |
| Ingreso mínimo: 1 Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), puede sumar ingresos con su cónyuge o conviviente | Ingreso mínimo: 1 Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), puede sumar ingresos con su cónyuge o conviviente |
Antigüedad laboral mínima: relación de dependencia (un año) e independientes (un año) | Antigüedad laboral mínima: relación de dependencia (un año) e independientes (un año) |
| Relación cuota ingreso: hasta 25% del ingreso neto, del o los solicitantes. Sujeto a evaluación crediticia | Relación cuota ingreso: hasta 25% del ingreso neto, del o los solicitantes. Sujeto a evaluación crediticia |
Créditos hipotecarios UVA: ¿cuáles son las tasas de interés?
Según informó el Banco Hipotecario, los créditos hipotecarios UVA disponen de una tasa de interés final de 8,5%. Aunque, para quienes sean clientes de la entidad y reciben sus haberes allí, será de 4,25% durante las primeras 12 cuotas.
El préstamo, que alcanza los $ 250 millones en un único desembolso, se deberá destinar en una primera o segunda vivienda y con un plazo de devolución de 360 meses (30 años).
Hay que tener en cuenta que los intereses serán ajustables por UVA, indicador que publica el Banco Central de la República Argentina (BCRA), y la cuota mensual no puede superar el 25% del ingreso.
¿Cómo solicitar el crédito hipotecario UVA?
Las personas que cumplan con las condiciones necesarias para acceder a los créditos hipotecarios UVA podrán solicitar la línea de financiamiento a través de la página web del Banco Hipotecario.
“Si estás interesado, por favor dejanos tus datos y nos pondremos en contacto para brindarte más información”, remarcaron desde la entidad financiera.

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) decidió liberar la oferta de tasa de interés para plazo fijo, al tiempo que redujo la de política monetaria de 110% a 80%.
A su vez a partir del 18 de marzo, el acceso a la ventanilla de pases volverá a ser exclusivo para las entidades financieras reguladas por BCRA.
Estas medidas resultan en “respuesta a la evolución de la coyuntura económica y las condiciones de liquidez financiera”.
De esta forma, los bancos quedan habilitados para tentar a sus ahorristas con la tasa de interés que más crean conveniente para conservar sus depósitos.
Hasta hoy, los bancos estaban obligados a ofrecer una tasa de interés mínima del orden de 9%.
A partir de este martes comenzarán a competir libremente por la elección de los inversores tentándolos con mejores rendimientos.
Ahora la expectativa pasa por cuál será la tasa que pondrán sobre la mesa los bancos ya que si la reducen el temor es que se acelere la salida de depósitos presionando sobre el tipo de cambio.
Pero al mismo tiempo una suba del valor del dólar puede favorecer el sostenimiento del valor de la divisa para que un descenso no se convierta en un boomerang, dado que los exportadores pueden especular con no liquidar hasta conseguir un mejor precio.
En 45 días entrarán en circulación los Bonos de Cancelación de Deuda (BOCADE) de La Rioja, la primera cuasimoneda de la era Javier Milei. Fueron aprobados el mes pasado en la Legislatura de esa provincia.
Los BOCADE llevan la imagen del caudillo Ángel Vicente “Chacho” Peñaloza, conocido por ser uno de los últimos referentes federales en encabezar un levantamiento armado contra el centralismo de Buenos Aires del siglo XIX. Saldrán con denominaciones de 1.000; 2.000; 5.000; 10.000 y 50.000. Su emisión alcanza los $15.000 millones.
Según la normativa, el gobierno provincial ahora debe acordar con el Banco Rioja “u otras entidades bancarias de plaza, la forma y modalidad de acreditación en cuenta corriente o caja de ahorro u otra forma de depósito bancario, de los importes depositados” en bonos, aunque no define si serán físicos o digitales. Además, los tres ámbitos del Estado (municipalidades, empresas y entidades descentralizadas, autárquicas) están obligadas a partir de la reglamentación a aceptar la cuasimoneda “en cancelación total o parcial de sus créditos en dinero”.
El gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela, confirmó la creación de la cuasimoneda y apuntó contra el gobierno nacional: “Nos obligan a esto por la velocidad, el salvajismo, por la crueldad del ajuste que se precipitó en 20 días. Esto generó que cuando la gente fue a cobrar el salario, ya no llegó a fin de mes”.
Según el mandatario provincial, su administración se ve “obligada” a impulsar la creación de un bono, la cuasimoneda, para “cubrir una parte del salario” de los trabajadores de la administración pública.
En sus críticas hacia el Gobierno de La Libertad Avanza (LLA), enfatizó: “Además de eso, existen planes o programas de desestabilización de los gobiernos cuando inducen a que vayan contra el gobernador de la provincia”.
El oficialismo aceptó modificar dos de las propuestas que buscan dólares frescos. Los nuevos excluidos al Régimen de Regularización de Activos y el destino clave de los fondos.

En las tratativas para conseguir el dictamen en comisiones mañana y lograr media sanción en la Cámara de Diputados, el oficialismo modificó diferentes apartados de la ley ómnibus. Entre los cuales se contempló el “Régimen de Regularización de Activos” y el “Régimen especial del ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales”.
Con base al documento “Cambios finales – Ley bases” que circuló en las últimas horas, el Gobierno habría aceptado modificar la letra chica de dos propuestas con las que busca conseguir dólares frescos para la economía.
En cuanto al blanqueo, se habría establecido que los sujetos no residentes que se adhieran al Régimen no podrán declarar bienes que se encuentren en posesión, anotados, registrados o depositados a nombre de terceros.
A su vez, y luego de las controversias que se generaron por la decisión unilateral del expresidente Mauricio Macri -que derivó en una causa que se encuentra en la Justicia-, quedaran afuera quienes hayan desempeñado el rol de funcionario en los últimos cinco años desde la entrada en vigencia de la ley o que se encuentren en el cargo.
En cuanto a los familiares, no podrán acceder los cónyuges, convivientes, ascendientes y descendientes en primer grado, por consanguinidad o afinidad. Ni los excónyuges que lo hubieran sido durante el tiempo –parcial o total– en que los sujetos se desempeñaron en la función pública. Como tampoco quienes sean agentes de retención con procesamiento firme.
Pero la fuerza gobernante no se fue con las manos vacías de las negociaciones. Logró que “lo producido del Impuesto Especial de Regularización se [destine] a la capitalización del Banco Central de la República Argentina” (BCRA).
Y si bien, no hay certezas sobre el éxito de la iniciativa, ya que dependerá de la voluntad de los contribuyentes, esta jugada le permitirá al Gobierno continuar con la recomposición de las reservas, que el viernes pasado cerraron en u$s 24.421 millones.
Del proyecto original se mantuvo el esquema de tres etapas y los montos, aunque sin especificar la fecha límite. Así, quienes ingresen en la primera con una base imponible total de hasta u$s 100.000 pagaran el 0%. En caso de superarse ese importe se aplicará una alícuota del 5% sobre el excedente.

Para la etapa siguiente, se mantendrá la primera condición para los u$s 100.000 -alícuota 0%-, pero en caso de excederla esta ascenderá al 10%. Lo mismo que en la tercera, pero en esta será del 15%.
En cuanto al “Régimen especial del ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales” la novedad es el otorgamiento de un beneficio para los sujetos cumplidores y la eliminación del artículo 187, que determinaba como se tratarían los anticipos y pagos a cuenta en el periodo fiscal 2023.
Para quienes cumplieron en tiempo y forma con la totalidad de las obligaciones fiscales respecto al impuesto en los periodos fiscales de 2020 hasta 2022 -inclusive- tendrán una reducción de alícuota para 2024, 2025 y 2026.
Así, las alícuotas del 1,25% y 1,5% que se prevén en la escala del inciso b) del primer párrafo del artículo 25 del Título VI de la Ley N° 23.966, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, se vean reducirán al 1% y 1,25% respectivamente.
Para calificar como “contribuyente cumplidor” no se podrá regularizar bienes y se tendrá que haber presentado en tiempo y forma, en caso de estar obligado, las declaraciones juradas del impuesto relativas a los periodos 2020, 2021 y 2022. Además de haber cancelado en su totalidad antes del 30 de noviembre de 2023 el saldo a favor del fisco resultante en cada una.
A su vez, se descartó el artículo que fijaba que los anticipos y pagos a cuenta del impuesto para el periodo fiscal 2023 -ingresados a partir del 1º de enero de 2024 y hasta la fecha del vencimiento- generarían un incremento a favor del contribuyente equivalente a la tasa de interés del Banco de la Nación Argentina (BNA) para plazos fijos a 30 días.
Ese mismo, estipulaba que el importe resultante de restar el impuesto determinado del periodo fiscal 2023 y los importes pagados en concepto de anticipos y pagos a cuenta -ingresado hasta el 31 de diciembre pasado- generarían un interés compensatorio a favor del fisco equivalente a la tasa de interés que aplica el BNA para plazos fijos a 30 días.

En el actual contexto de aceleración inflacionaria, el Banco Central (BCRA) confirmó este jueves que pondrá en circulación durante el transcurso de este año billetes de mayor denominación, de $10.000 y $20.000.
Su emisión “facilitará las transacciones entre los usuarios, hará más eficiente la logística del sistema financiero y permitirá reducir significativamente los costos de adquisición de los billetes terminados”, indicó el BCRA en un comunicado.
Con el propósito de ahorrar costos y acortar los plazos de producción, el Directorio de la autoridad monetaria decidió utilizar diseños ya existentes pertenecientes a la familia “Heroínas y Héroes de la Patria” para los nuevos billetes.
El billete de $10.000 tendrá las imágenes de Manuel Belgrano y de María Remedios del Valle, heroína de la Guerra de la Independencia, en el anverso. La imagen que se utilizará de Belgrano es de un retrato que se le atribuye al artista francés François Casimir Carbonnier. La representación de la heroína pertenece a la obra “La Capitana” realizada por la artista argentina Gisela Banzer.
En el reverso, irá como motivo principal la recreación artística de la escena de la Jura de la Bandera realizada el 27 de febrero de 1812.
El protagonista del billete de $20.000 será Juan Bautista Alberdi, inspirador de la Constitución Nacional de 1853, cuyo retrato estará en el anverso. Como ilustración central del reverso estará la recreación de la casa natal del abogado, diplomático, economista, escritor, filósofo, periodista y político.
Las nuevas especies conservarán el tamaño de los billetes en circulación y serán impresos en papel de algodón, con sus resguardos tradicionales como son la marca de agua y el hilo de seguridad.
A su vez, mediante sistemas de impresión especiales se incorporarán elementos de seguridad que estarán destinados principalmente al público en general, pero además permitirá el reconocimiento por máquina.
El BCRA dijo que espera que los nuevos billetes estén disponibles para el público a partir de junio del corriente año.